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Publicado el 10 de Abril de 2011 en Asignatura
LLAMAMIENTO DE MONS. JUAN JOSÉ OMELLA OMELLA, Obispo de Calahorra y la Calzada-Logroño
 
Como es sabido, desde el pasado 1 de abril y hasta el último día de este mes, la Consejería riojana de Educación abrió el plazo ordinario para la escolarización de los 3.561 niños de tres años que se incorporarán al sistema educativo de nuestra comunidad riojana.
 
Por otra parte, hoy, 10 de abril, es la fecha escogida por nuestra Diócesis para realizar en las parroquias la campaña a favor de la inscripción de los alumnos en las clases de Religión católica. El lema es bien sencillo y esclarecedor: «La Iglesia es educadora».
 
Debo decir con toda claridad que, al animar a los padres a inscribir a sus hijos en la asignatura de Religión, lo hago teniendo en cuenta que la función de la Iglesia -dentro del ámbito escolar- no es una función propiamente catequética (para ello ya dispone de otros foros y de otros medios), sino de diálogo con la cultura, con nuestra identidad cultural, eso sí, desde la fe. Como bien decía el papa Benedicto XVI, en un congreso celebrado en la diócesis romana en junio del 2007, «es tarea de la Iglesia responder a la demanda de verdad, confrontando sin temor la propuesta de la fe con la razón de nuestro tiempo. Así, ayudaremos a los jóvenes a ensanchar los horizontes de su inteligencia».
 
Aprovecho esta oportunidad que me brinda el Diario LA RIOJA para recordar a los padres con hijos en edad escolar que tienen la ocasión de ejercer un derecho que les reconoce la Constitución de forma clara y perentoria. El artículo 27, 3 dice: «Los poderes públicos garantizarán el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones». Este derecho de los padres se introdujo en nuestra Constitución de 1978 no como consecuencia de un privilegio, sino como una realidad garantizada en los grandes tratados internacionales, tales como la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que en su artículo 26 recoge el núcleo del derecho de los padres a la educación de sus hijos, afirmando que «los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos», o el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales o Culturales (ONU 1966), en su artículo 3, e, o el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (ONU 1966) en su artículo 18, acuerdos todos que el Estado español hizo suyos.
 
Todo esto indica claramente que la exclusión de la enseñanza religiosa de la escuela pública vulneraría gravemente el derecho de los padres a formar a sus hijos, el derecho a la libertad religiosa y, lo que es más grave, atentaría a la misma formación de los alumnos. Me detendré en esta última razón. ¿Cómo se puede hablar de una formación integral y completa de los alumnos si no se les da razón de unos determinados valores que, no es que la Iglesia los haga exclusivamente suyos, sino que los ha potenciado desde sus inicios: el amor al prójimo, la justicia, la igualdad, la libertad, la capacidad de pedir perdón y de perdonar, el cuidado de los pobres y marginados, el amor a la vida, a toda vida, el respeto por la creación, la solidaridad y la paz?
 
Y hay más. Sin la formación religiosa, en nuestro caso la católica, ¿tienen nuestros alumnos alguna posibilidad de entender y explicar los jalones vertebrales de nuestra historia, la base de nuestro arte, la música y no digamos nada de nuestra literatura? Es innegable que todo nuestro rico acervo cultural no se puede comprender sin la religión. ¡Cuántas veces ha venido a mi memoria el testimonio formidable del diputado socialista Jaurán! Ante la petición de su hijo de que no lo inscribiese en la clase de Religión, le contestó: «Yo no creo en Dios, y nada de lo religioso me es afín. Sin embargo, te has de apuntar a la clase de Religión, porque no quiero que por mi culpa te veas privado de la posibilidad de vivir de acuerdo con tu identidad, de ser tú mismo».
 
No quiero pasar tampoco por alto que, excepción hecha de Francia, todos los países europeos, como Alemania, Bélgica, Italia, Portugal, etc., tienen clase de Religión en todos los cursos de la enseñanza obligatoria y que la asignatura es equiparable a otra materia fundamental.
 
Termino con una doble reflexión. La enseñanza religiosa escolar no es una catequesis, como apunté más arriba. Esto es así hasta el punto de que la ERE evalúa el progreso en el aprendizaje del alumno, nunca evalúa la fe del mismo. Y la segunda consideración: hay conciudadanos que estiman que en la escuela pública no debe haber ninguna enseñanza confesional porque -dicen- el Estado español es un estado laico y en él no cabe ninguna confesión. Es bueno recordar que no es lo mismo laico que laicista. La exclusión de toda confesión religiosa es y se ha de llamar laicismo, y todo «ismo» lleva siempre una dosis de falta de respeto y de imposición no democrática, como por ejemplo el fundamentalismo. Lo noble y exacto es la sana laicidad del Estado que respeta y no impone.
 
En definitiva, estamos hablando de un derecho que padres y alumnos deben exigir. La enseñanza religiosa es básica para conocer y dar razón de nuestra identidad cultural y de nuestra historia concreta. La actitud que negase este derecho habrá de ser calificada lisa y llanamente de sectarismo.
 
                            La Rioja, 10 de abril de 2011
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